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En las jornadas La creación del mundo

Código de Buenas Prácticas de AGEDI, AIE, CEDRO y SGAE

Las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual AGEDI, AIE, CEDRO y SGAE han suscrito un Código de Buenas Prácticas y se han comprometido a cumplirlo. El documento fue presentado en el marco de las jornadas La creación del mundo organizadas por el Instituto Ibercrea que se desarrollaron en CaixaForum Madrid. Los principios de los que parte el Código son el “derecho de autores, artistas, editores y productores a vivir de su trabajo; que las entidades de gestión sean instrumentales; transparencia en su funcionamiento; organización democrática sobre la base de la participación de los socios a partir de las obras y derechos gestionados; potenciar la participación de los socios en el funcionamiento ordinario de las entidades; y equidad en la determinación de los derechos”.

Viernes, 18 de noviembre de 2011 | 13:43

“Los socios tendrán derecho a solicitar la rendición de cuentas de las liquidaciones y de los pagos que les haya realizado la entidad a la que pertenezcan por la utilización de sus obras o prestaciones. El documento que refleje los datos contendrá la información sobre las normas, sistemas y procedimientos de reparto aplicados a cada derecho incluyendo los descuentos aplicados”.

“Las cantidades recaudadas y no reclamadas no serán utilizadas en actividades especulativas  y su destino deberá ser aprobado previamente por los órganos de gobierno de la entidad de tal manera que el uso sea transparente”.

Son solo un par de ejemplos de los compromisos que han adquirido las cuatro entidades firmantes. También tendrán disponibles en sus páginas de internet sus estatutos y memorias anuales, fijarán sus tarifas generales en función de los principios de transparencia y publicidad y repartirán las cantidades recaudadas equitativamente.

El Código de Buenas Prácticas que han suscrito las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual AGEDI, AIE, CEDRO y SGAE fue presentado por el Instituto Ibercrea en el marco de las jornadas La creación del mundo que se desarrollaron en CaixaForum Madrid. Puedes consultar el documento aquí.

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    • Autor (sujeto de los derechos de autor). Persona natural que crea alguna obra literaria, artística o científica. Son objeto de propiedad intelectual todas las creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas por cualquier medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que se invente en el futuro. La propiedad intelectual de una obra literaria, artística o científica corresponde al autor por el solo hecho de su creación.
    • Copia privada. El conocido como “derecho de copia privada” es en realidad, más que un derecho, la limitación al derecho exclusivo que la ley concede al autor y al propietario de contenidos a hacer copias de ellos. Permite a una persona realizar una copia del original de una obra, al que haya tenido acceso legítimamente, para uso privado sin ánimo de lucro.
    • Piratería. Piratería es la práctica de abordar barcos o aviones para robar su carga, modificar su rumbo o exigir rescate por los pasajeros. También es el robo o destrucción de los bienes de alguien, por lo que son piratas tanto quienes ofrecen sin autorización contenidos protegidos como quienes los obtienen de forma ilícita porque quien los puso a su disposición no tenía la autorización legal para hacerlo.
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